Consulte las últimas noticias sobre jurisprudencia, regulaciones y leyes.
El Blanqueo en la Ley de Medidas Fiscales
La Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes N.° 27.743 (la “Ley”) introduce cambios sustantivos en la normativa tributaria argentina. Entre los cambios más importantes destacan la creación del régimen de regularización de activos, conocido comúnmente como blanqueo. Este artículo resume sus aspectos más relevantes.
Sujetos Alcanzados por el Blanqueo
- Personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023.
- Sociedades y demás personas jurídicas que sean residentes en el país.
- Personas humanas que hubieran sido residentes fiscales y al 31 de diciembre de 2023 hayan perdido esta condición. Al adherirse recuperarán la residencia fiscal en argentina a partir del 1 de enero de 2024. (No podrán incluirse al blanqueo incrementos patrimoniales y bienes adquiridos por el sujeto, luego de haber perdido la residencia fiscal argentina).
Sujetos Excluidos del Blanqueo
- Personas que desempeñaron funciones públicas actualmente y/o lo hicieron en los últimos diez años.
- Familiares de funcionarios públicos por primer y segundo grado ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad, colaterales, cónyuges y convivientes.
- Quebrados sin continuidad, condenados por delitos con sentencia firme en segunda instancia, procesados por Ley 25.256 (art. 6) y otros.
Plazo de Adhesión
Hasta el 30 de abril del 2025. El Poder Ejecutivo podrá prorrogarlo hasta el 31 de julio del 2025.
Procedimiento del Blanqueo
- Paso I: Manifestación de adhesión e ingreso del pago adelantado de —al menos— el 75% del Impuesto (según se explica más adelante).
- Paso II: Presentación de una declaración jurada identificando los bienes, acompañando documentación y constancias correspondientes.
- Paso III: Pago del saldo del Impuesto.
Costo del Blanqueo
- Para acceder al Blanqueo se debe ingresar por única vez un concepto denominado “Impuesto Especial de Regularización” (el “Impuesto”) que se liquidará y pagará en dólares estadounidenses.
- El Blanqueo que se realice por una suma de hasta U$D 100.000 estará exento del Impuesto. El Impuesto se calculará sobre el total de los bienes regularizados que excedan dicho importe.
- Cumpliendo el Paso I hasta el 30 de septiembre de 2024 y el Paso II hasta el 30 de noviembre 2024, la alícuota del Impuesto será del 5%.
- Cumpliendo el Paso I hasta el 31 de diciembre de 2024 y el Paso II hasta el 31 de enero 2025, la alícuota del Impuesto será del 10%.
- Cumpliendo el Paso I hasta el 31 de marzo de 2025 y el Paso II hasta el 30 de abril de 2025., la alícuota del Impuesto será del 15%.
- En el caso que se declare dinero en efectivo, se eximirá del pago del Impuesto si: (i) se mantiene el dinero depositado hasta el 31 de diciembre de 2025 en la cuenta regulada por el BCRA; (ii) se adquieren determinados títulos valores con las características que disponga la reglamentación se mantengan hasta el 31 de diciembre de 2025.
Efectos del Blanqueo
- No se perseguirá al contribuyente por incremento patrimonial no justificado de los bienes blanqueados.
- Se libera al contribuyente de acciones por el cobro de tributos anteriores y por delitos tributarios, cambiarios y aduaneros.
- Se libera al contribuyente de ingresar impuestos omitidos por períodos fiscales anteriores al 31 de diciembre 2023.
- Se libera a las sociedades de personas y de capital por la regularización de socios y accionistas.
Pérdida de los Beneficios
- En caso de que al contribuyente posteriormente se le detecten bienes no declarados.
- La falta de pago del Impuesto en tiempo y forma.
Bienes Alcanzados
- Bienes en el país.
- Bienes en el exterior.
- Inmuebles registrados a nombre de terceros (se deben cumplir requisitos específicos).
Bienes Excluidos
Bienes que se encuentren depositados en entidades financieras o agentes de custodia radicados en países que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) considera como de Alto Riesgo (“Lista Negra”) o Bajo Monitoreo Intensificado (“Lista Gris”). Tampoco se podrán blanquear bienes en efectivo que se encuentren en dichos países.
Conclusiones
En nuestra opinión, el Blanqueo tendrá éxito con relación a los pequeños ahorristas que, debido a la presión tributaria de los últimos años y a la normativa cambiaria que les impedía adquirir dólares en el mercado oficial, han debido forzosamente informalizar parte de sus ingresos y ahorros. Sin dudas, este grupo de contribuyentes se va a ver atraído por el Blanqueo, sobre todo por la ausencia de costo por montos inferiores a USD 100.000.
El éxito del Blanqueo con relación a las personas de alto patrimonio es más incierto. El gobierno buscó hacerlo atractivo mediante una baja en etapas del impuesto de bienes personales y su eliminación a futuro. Sin embargo, el blanqueo de 2016 contemplaba lo mismo y el gobierno posterior revirtió la baja impositiva y creó el impuesto a las grandes fortunas. Estas medidas todavía están muy frescas en la memoria y la continuidad de este nuevo rumbo económico y político todavía no está asegurada. Quedará en manos del gobierno recuperar la confianza para lograr el éxito de la medida.
Para más información sobre este tema y cualquier otra consulta legal, comuníquese con nuestros autores.
Aviso
Este artículo se basa en información de dominio público y es de carácter puramente informativo. No tiene como finalidad proporcionar asesoramiento legal ni un análisis exhaustivo de las cuestiones que menciona.