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Breves Consideraciones sobre el Estado de la Regulación de la Inteligencia Artificial en Argentina
La cuestión de la reglamentación estatal de la inteligencia artificial está siendo debatida en todo el mundo y Argentina no es la excepción. Si bien no existe en el país una regulación específica y vinculante en esta materia, durante los últimos dos años, las autoridades y los usuarios han tomado conciencia de los desafíos y ha crecido el interés en desarrollar políticas públicas y regulaciones que permitan equilibrar la innovación tecnológica con la protección de datos y la privacidad.
A continuación, presentamos un resumen de los avances en Argentina en la materia a la fecha.
Proyecto de Modificación de la Ley de Protección de Datos Personales
La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de ministros, presentó en agosto de 2022 un proyecto de modificación de la Ley 25.326 (“Ley de Protección de los Datos Personales”)[1]. La modificación busca generar un marco que articule la innovación tecnológica, el desarrollo económico, y el desarrollo humano con la protección de datos personales. Entre otros aspectos, propone ampliar la definición de datos sensibles y el ámbito de aplicación de la ley, así como también exigir mayor transparencia en los mecanismos de inteligencia artificial, incluyendo el derecho de las personas a no estar sujetas a decisiones basadas en algoritmos o perfiles automatizados. Este proyecto se encuentra en tratamiento en la Cámara de Diputados desde el mes de junio de 2023.
Recomendaciones para una Inteligencia Artificial Fiable
La Subsecretaría de Tecnologías de la Información, dependiente de la Secretaría de Innovación Pública, dictó el 1 de junio de 2023 la Disposición 2/2023, mediante la cual se aprobaron las “Recomendaciones para una Inteligencia Artificial Fiable”[2]. Estas recomendaciones se centran en incorporar principios éticos transversales a todo el ciclo de vida de la IA, definiendo en cada etapa los riesgos y responsabilidades que pueden existir, resaltando que la responsabilidad y supervisión deben recaer siempre en los seres humanos. Si bien las recomendaciones están dirigida específicamente al sector público, podrían ser tomadas en cuenta como directrices no obligatorias por el sector privado.
Programa de Transparencia y Protección de Datos Personales en el Uso de la Inteligencia Artificial
El 4 de septiembre de 2023 la AAIP dictó la Resolución 161/2023 mediante la cual creó el “Programa de transparencia y protección de datos personales en el uso de la Inteligencia Artificial”[3]. “con el objetivo de impulsar procesos de análisis, regulación y fortalecimiento de capacidades estatales necesarias para acompañar el desarrollo y uso de la inteligencia artificial, tanto en el sector público como en el ámbito privado, garantizando el efectivo ejercicio de los derechos de la ciudadanía en materia de transparencia y protección de datos personales”. El Programaaborda diversas dimensiones clave para la implementación de proyectos de IA, como la sensibilización y la educación, la supervisión y la toma de decisiones humanas, y la responsabilidad y rendición de cuentas. También se subraya la importancia de respetar los marcos jurídicos nacionales, regionales e internacionales relacionados con la privacidad y la protección de datos personales en el contexto de la IA.
Argentina se Suma a la Tendencia Global para Fomentar la Ética en el Uso de la Inteligencia Artificial
Argentina se suma así a los esfuerzos internacionales en materia de ética de la IA, tomando en cuenta antecedentes como la Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial de la UNESCO, la Conferencia de Asilomar, las reuniones del Consejo de Ministros de la OCDE y la reunión ministerial sobre Comercio y Economía Digital del G20.
Queda pendiente conocer la relevancia y aproximación al tema que le darán la próxima administración del Presidente Javier Milei y el Congreso Nacional bajo su nueva conformación política resultante de las elecciones de 2023.
Notas al pie
[1] https://drive.google.com/file/d/1TRb9c3Y0W6MRTPWjEW9be2jsMj3QllYW/view
[2]https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/380000-384999/384656/norma.htm
[3] https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/293363/20230904
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Para más información sobre este tema y cualquier otra consulta legal, comuníquese con nuestros autores Valentina Martínez (vmartinez@wsclegal.com) y Martín Celotto (mcelotto@wsclegal.com).
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